Ley 27.610 de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo

2021
Ley
🇦🇷
Esta normativa fue sancionada en el año 2020 y tiene por objetivo regular el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto, de las mujeres y de personas con otras identidades de género con capacidad de gestar y a fin de contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible.
Se establece el derecho de las mujeres y personas capaces de gestar de:
- Decidir la interrupción del embarazo.
- Requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud.
- Requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, sin perjuicio de que la decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados.
- Prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y métodos anticonceptivos eficaces.
Indica que las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional. Fuera del plazo dispuesto, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo si el embarazo fuere resultado de una violación (con declaración jurada), en casos de violación en niñas menores de 13 años (sin declaración jurada) y en casos que peligre la vida o la salud integral de la persona gestante.